Saturday 6 August 2011

3 pasos fundamentales para constituir una sociedad mercantil

Al hablar de sociedades mercantiles, nos referimos a razón social, socios, capital social y objeto. Es decir, una sociedad mercantil es aquella que se constituye entre una o más personas denominadas socios, las cuales se unen con el propósito de dar vida a una entidad persiguiendo un fin económico, otorgándole un nombre o razón social, donde cada uno aporta un capital.

La razón social de una sociedad es el nombre que se le asigna, también se conoce como denominación social, este puede formarse bajo cualquier nombre y puede referirse a su objeto.

Las sociedades mercantiles son aquellas que tienen por objeto uno o más actos de comercio. Entiéndase por actos de comercios aquellos que la ley califica como tal. Se clasifican en:

En Nombre Colectivo: Es aquella sociedad donde las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de todos los socios.

En Comandita: En este tipo de sociedad, las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de una o más socios, denominados socios solidarios o comanditantes, y por la responsabilidad limitada a una suma determinada de uno o más socios, a los cuales se les denomina comanditario. Este capital puede estar dividido en acciones.

Compañía Anónima: En esta sociedad las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y los socios están obligados solo por el monto de su acción.

Compañía de Responsabilidad Limitada: Es aquella donde las obligaciones sociales las garantiza un capital determinado, el cual se dividirá en cuotas de participación y no podrán estar representadas por acciones o títulos negociables.

Para realizar la constitución de una sociedad es necesario tener en cuenta los siguientes  pasos, los cuales son usados en el día a día, estos son:

1.- Se debe hacer una reserva del nombre, es decir, asignar un nombre que otra persona jurídica no lo posea.

2.- El documento de constitución de la sociedad, debe ir visado por un abogado o por aquella persona que la ley autorice.

3.- El documento de constitución de la sociedad debe estar acompañado de los soportes correspondientes, entre ellos podemos mencionar balance, inventario inicial o de apertura visado por un contador público, fotocopia del documento de identidad de cada uno de los socios, comprobantes de los aranceles, gastos de registros y timbres fiscales o estampillas.

 

Foto: www.sunnybatt.com

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